Ver Documento Navegación de entradas Decreto N° 1665 – Modificase la letra b) del numeral 1 del artículo 61 de la «Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos, Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público, Propaganda y Otros Servicios» de la comuna de Vilcún, en el sentido: reemplázase la frase «emanado por un profesional competente de la Dirección de Desarrollo Comunitario» por la siguiente: «confeccionado por un profesional Trabajador Social de la Municipalidad de Vilcún». Modificase la letra b) del numeral 1 del artículo 62 de la «Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos, Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público, Propaganda y Otros Servicios» de la comuna de Vilcún, en el siguiente sentido: reemplazase la frase: «emanado por un profesional competente de la Dirección de Desarrollo Comunitario» por la siguiente: confeccionado por un profesional Trabajador Social de la Municipalidad de Vilcún»